El Juzgado Civil, Comercial y del Trabajo de la ciudad de San Salvador Entre Ríos, a cargo del Dr. Arturo H. Mc. LOUGHLIN, secretaría a cargo del Dr. Rodolfo GONZALEZ de SAMPAIO; en autos caratulados: «FIGUEREDO MIGUEL OMAR s/SUCESION AB-INTESTATO Expte Nº 7400», cita y emplaza a publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad por el término de TREINTA (30) DIAS corridos, citando a todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante FIGUEREDO, Miguel Omar DNI Nº 21.181.019, vecino que fuera de zona rural Gral. Campos, Departamento San Salvador, Provincia de Entre Ríos y cuyo fallecimiento ocurriera el día 17 de mayo del año 2025.-
Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resolución que ordena el presente: ///////»San Salvador, 14 de abril de 2026.- VISTO:……….; RESUELVO: 1.- TENER por presentados a Argentina Isabel BOURQUET, DNI Nº 26.463.441, en ejercicio de su propio derecho y en representación de su hijo menor de edad Gonzalo Rafael FIGUEREDO, DNI Nº 52.056.507, y Karen Antonella FIGUEREDO, DNI n.º 40.564.006, en ejercicio de su propio derecho y con el patrocinio letrado del Dr. Nicolás LAGADARI, con domicilio real denunciado y procesal por constituido en calle Urquiza n.º 147 de esta ciudad de San Salvador; por parte, se les otorga la intervención que por derecho corresponde.- 2.- DECRETAR la apertura del presente juicio SUCESORIO del causante Miguel Omar FIGUEREDO, DNI Nº 21.181.019, defunción ocurrida el día 17 de mayo de 2025, quien en vida fuera vecino de la Zona Rural de General Campos, departamento San Salvador.- 3.- MANDAR a publicar edictos por tres (3) veces en el Boletín Oficial y en un diario de ésta ciudad de San Salvador, provincia de Entre Ríos, — digital y/o impreso, tamaño mínimo de fuente: cuerpo 9, conforme información vertida por los diarios a los efectos de que sea legible en forma óptima— citando por TREINTA (30) DÍAS a quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante, para que así lo acrediten.- 4.- LIBRAR OFICIO………………- 5.- DAR INTERVENCIÓN a los Ministerios Público Fiscal y Pupilar.- 6.- COMUNICAR ……….- 7.- TENER presente lo manifestado en el escrito promocional sobre el desconocimiento de la existencia de otros herederos.- 8.- TENER………………..- 9.- EXPEDIR ………….., y MANDAR ………- 10.- NOTIFÍQUESE (SNE). Fdo: Arturo H. Mc. LOUGHLIN Juez Civil, Comercial y del Trabajo.
Rodolfo GONZÁLEZ DE SAMPAIO Secretario Suplente




