Urribarri, el primer gobernador condenado a 8 años de prisión efectiva

El embajador argentino en Israel y Chipre fue condenado por haber desarrollado un plan que consistió en un desvío de fondos públicos para promocionar su candidatura presidencial en 2015. Pedro Báez, por su parte, fue condenado a seis años y seis meses de prisión. En cambio, Hugo Marsó resultó absuelto. Además, el tribunal consideró probado que Juan Pablo Aguilera, cuñado del ex mandatario, era el dueño de dos empresas a través de la cual se direccionaron campañas de publicidad oficial y lo condenó a seis años y seis meses de prisión.

Sergio Urribarri se convirtió en el primer gobernador en la historia moderna de la provincia en ser condenado por delitos de corrupción. Un tribunal le impuso una pena de ocho años de prisión y lo inhabilitó de por vida para ejercer cargos públicos.

El ex mandatario y actual embajador argentino en Israel y Chipre fue condenado por delitos de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública, peculado y defraudación a la administración pública. Específicamente por haber desarrollado un plan que consistió en un desvío millonario de fondos públicos para promocionar una fallida candidatura presidencial que se dio en llamar el sueño entrerriano.

El juez José María Chemez, que durante doce horas leyó los puntillosos argumentos del veredicto, destacó que se arribó a una sentencia por unanimidad e hizo hincapié en que en el proceso “no se ha juzgado una gestión de gobierno ni la conveniencia, oportunidad o mérito de determinados actos de ese gobierno; menos la ideología, identificación partidaria o el pensamiento político del gobierno que ejerció Sergio Urribarri, como tampoco la legitimidad de las aspiraciones políticas del ex gobernador”.

Además de la pena de prisión efectiva, el tribunal integrado por los jueces Chémez, Carolina Castagno y Elvio Garzón le impuso a Urribarri una multa de 180 mil pesos.

El tribunal también condenó al ex ministro de Cultura y Comunicación Pedro Báez, a quien le impuso una pena de seis años y seis de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer cargos públicos; y a Juan Pablo Aguilera, cuñado de Urribarri, ex secretario parlamentario y ex funcionario provincial, que recibió una pena de seis años y seis meses de prisión.

Del mismo modo fue condenada Corina Cargnel, contadora de las empresas TEP SRL y Next SRL, quien deberá purgar una pena de tres años de prisión condicional (no efectiva). El tribunal consideró que las imprentas efectivamente pertenecían a Aguilera, aunque eran administradas por otras personas que fungían como testaferros y, en ese marco, Cargnel era su mano derecha en las empresas. “Las categóricas y concordantes pruebas producidas e introducidas válidamente en el debate han logrado la convicción de que Juan Pablo Aguilera era el titular de las empresas”, aseveró Chemez en su exposición. En el esquema de la corrupción, ambas empresas se constituyeron en una usina a través de la cual se direccionó la contratación de publicidad oficial en la vía pública por vía de contrataciones directas, es decir, sin proceso de licitación; e incluso en aquellos casos en que se asignaban espacios a otras empresas, estas debían retornar a Aguilera parte del dinero que percibían.

También fueron condenados Emiliano Giacopuzzi y Luciana María Belén Almada, la pareja de Aguilera. El tribunal resaltó que Aguilera era el dueño de ambas empresas, pero su nombre se mantuvo oculto porque “no podía aparecer explícitamente como tal porque era funcionario público y porque era el cuñado y estrecho colaborador del gobernador, circunstancias que, de haberse conocido, hubieran impedido el negocio ilícito”. Sin embargo, solo TEP SRL fue beneficiada con campañas de publicidad oficial. En los papeles, Giacopuzzi tenía el 90 por ciento de las acciones de TEP y el 10 por ciento restante estaba en manos de Luciana Almada, es decir, los que aparecen como socios eran testaferros.

En cambio, Alejandro Almada y Maximiliano Romeo Sena, que también actuaron como testaferros de Aguilera en la empresa Next SRL, resultaron absueltos porque esa firma no había contratado con el Estado.

Es por eso que el tribunal dispuso además el decomiso de dos inmuebles donde funcionan las imprentas, en Bulevar Racedo 409 y 415 de Paraná, una moto, un camión y un utilitario registrados a nombre de TEP y Next. Fuente: Página Judicial