Ocurrió en la undécima sesión ordinaria del Concejo Deliberante de Concordia, desarrollada en la mañana de este jueves 31 de mayo. Por 9 votos a favor y 2 en contra, los concejales le dieron acuerdo al decreto de designación de María Valeria Armanazqui como titular del Juzgado Municipal de Faltas Nº1.
La abogada designada es hija de Alberto Armanazqui, concejal del “Frente para la Victoria” y exfuncionario del municipio de Concordia. Es hermana, además, de dos funcionarios de la actual gestión de Enrique Cresto: Martín DarioArmanazqui es coordinador general de la Unidad de Desarrollo Ambiental y Administración del Parque Abasto (U.D.A.A.P.A.) y de Matías Armanazqui, coordinador de Eventos de la Municipalidad.
La mayoría acordó su designación
El expediente aprobado por mayoría, esta mañana, lleva el número 23495 y remite el Decreto Nº 554/18 del Ejecutivo municipal que había elevado el pliego de la abogada María Valeria Armanazqui. Fue puesto a votación por el viceintendente Armando Gay, presidente del Concejo Deliberante, tras recibir el visto bueno en Comisión (con las firmas de los ediles Iván Alalí, Irma Bergalio, Julia Saenz, Daniel Cedro y Sebastián Cuberli).
Los 9 votos positivos fueron, según registró El Entre Ríos, los de Amadeo Cresto, Irma Bergalio, Iván Alalí, Alberto Zadoyko, Julia Saenz, Carolina Amiano (todos del oficialismo); los “renovadores” Daniel Cedro y Carola Laner y el exintegrante del bloque de Cambiemos, Sebastián Cuberli.
La licenciada Magdalena Reta de Urquiza y Nicolás Moulins le dijeron que no a la designación. El contador Esteban Benítez (UCR – Cambiemos) y Alberto Armanazqui no estuvieron presentes en el recinto.
Concurso: lo que dice la Ley
El concurso como mecanismo para designar jueces de Falta no es exigencia pero la Ley Provincial 10027 del Régimen Municipal, vigente desde diciembre de 2012, plantea que debe procurarse su designación mediante métodos que garanticen la idoneidad.
En su artículo 119, la norma dispone que los “jueces titulares” serán designados “por el Departamento Ejecutivo Municipal, previo acuerdo dado por la mitad más uno de los miembros del Concejo Deliberante”. A renglón seguido, no deja margen para dudas al estipular que “la designación del Juez de Faltas debe realizarse a través de un procedimiento que garantice el cumplimiento del requisito de idoneidad. A tal objeto, el municipio podrá solicitar la intervención del Consejo de la Magistratura de la Provincia”. Este paso no se ha dado hasta el momento con el caso de Armanazqui.
“No se ha llamado a concurso”
Reta de Urquiza, presidente del bloque de Cambiemos, intervino antes de la votación final. “Quiero adelantar que nosotros no vamos a acompañar este decreto, no por una cuestión específica de la doctora Armanazqui sino porque hemos presentado un pedido de informes que todavía no ha sido respondido”, expuso.
Enseguida, fue al corazón de su reclamo: “no se ha llamado a concurso los cargos vacantes del Juzgado de Faltas, teniendo en cuenta que este municipio ha llamado a concurso, por ejemplo, para la recolección de residuos, para Tránsito u otras cargos menores”.
“Creemos que, aunque el Ejecutivo tiene facultades para designar ad referéndum de este Concejo Deliberante, si la política del municipio es llamar a concurso creo que este, el de juez de Faltas, es un cargo importante para concursarlo”, remarcó desde su escaño junto a Moulins. Fuente: ElEntreRios