El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza que autoriza la creación del Parque Industrial del departamento San Salvador que consta de una superficie de 105 has., ubicado a la altura del km. 211 de la ruta nacional 18. Lo hizo en sesión extraordinaria cumplida este miércoles, tras ser aprobado el proyecto por unanimidad de los concejales. Al mismo tiempo, el cuerpo deliberativo aprobó el reglamento que regirá la administración del Parque Industrial.
En el artículo 2º de la ordenanza se prohíbe urbanizar los terrenos aledaños al Parque Industrial del Departamento San Salvador, en un área de terreno de hasta Quinientos (500) metros en todos los rumbos circundantes a sus límites perimetrales externos, estando vedada la construcción de viviendas o similares.
Se establece que el Parque Industrial del Departamento San Salvador será administrado por un Ente Público Privado integrado por Delegados de la Municipalidad de San Salvador, de la Municipalidad de General Campos y representantes de los adquirentes de las parcelas.
Además, se invita a la Municipalidad de la ciudad de General Campos a adherir a la presente Ordenanza.
REGLAMENTO PARQUE INDUSTRIAL DEL DEPARTAMENTO SAN SALVADOR
Créase el Reglamento Interno del Parque Industrial del Departamento San Salvador, que tendrá como objetivo la administración, dirección y promoción de las actividades industriales en el ámbito del Departamento San Salvador, elaborando, orientando y ejecutando políticas de inversión y promoción necesarias para el cumplimiento de su finalidad. Su observancia y/o cumplimiento es obligatorio para los funcionarios municipales encargados de su aplicación, -Ente Administrador-y los adjudicatarios de parcelas de terrenos pertenecientes al mismo.
Son objetivos del Ente Administrador del Parque Industrial: a) Promover el desarrollo del Parque Industrial y su eficiente funcionamiento. b) Evaluar los Proyectos Productivos Industriales. c) Realizar recomendaciones sobre la administración general del Parque Industrial y/o proyectar y proponer modificaciones reglamentarias. d) Emitir Resoluciones acerca del cumplimiento del Reglamento Interno del Parque Industrial, velar por el cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, labrar actas de constatación y/o infracción y aplicar sanciones en caso de detectarse inobservancia del Reglamento y/o irregularidades. e) Desarrollar todas las actividades que fueren menester a los efectos de una correcta administración del Parque industrial, dando cuenta de la gestión encomendada a los Sres. Presidentes Municipales de las ciudades de San Salvador y General Campos.
El Ente Administrador será administrado inicialmente por un consejo cuyos integrantes serán designados por los Sres. Presidentes Municipales de San Salvador y General Campos. Se compondrá de un Presidente que designará el Presidente Municipal de la ciudad de San Salvador, un Vicepresidente que designará el Presidente Municipal de la ciudad de General Campos y 5 (cinco) vocales, los Presidentes Municipales de cada ciudad designarán dos vocales cada uno y el restante será designado por los industriales ya instalados en el predio y/o que se instalase en primer término. Se designarán igual número de funcionarios suplentes para supuestos de renuncia, licencia, ausencia, fallecimiento y/o cualquier otro impedimento temporario o definitivo.
Inicialmente, siendo el predio propiedad de la Municipalidad de San Salvador la administración del Parque Industrial estará a cargo del Ente Administrador, integrado por funcionarios de los municipios en la forma determinada en el párrafo anterior.