Prohíben la comercialización de una “miel vegana” por no ser miel

Se detectó la venta de un producto que está falsamente rotulado y por este motivo se llevó a cabo la medida. También se prohibió otra miel por considerarse ilegal.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica detectó dos marcas de mieles que estaban en infracción por lo que prohibió su comercialización. En primer lugar, se trata de un producto denominado “miel vegetal” y que no cumple con las determinaciones de la miel.

En este caso el organismo determinó que se hizo un falso rotulado. Por otra parte, la segunda marca de miel fue sancionada por tener inconvenientes en las inscripciones y considerase un producto ilegal.

A través de la Disposición 8726/2020, la ANMAT determinó la prohibición de la comercialización en todo el territorio nacional y en las plataformas de venta en línea y digitales del producto “Miel Vegana”, marca Ocho Vientos, Comida Vegana, Producto 100% vegano. El producto carece de autorización de establecimiento y de producto y por denominarse “miel” sin serlo.

Esto determinó que sea un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal. “Se trata de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados o fraccionados en un establecimiento determinado”, argumentó la ANMAT. Además, determinó que no podrán ser elaborados, comercializados ni expendidos en ninguna parte del país.

Por su parte, a través de la Disposición 8728/2020 se prohibió la comercialización en todo el territorio nacional del producto: “Miel de Abejas, marca El Chajá. La ANMAT determinó que el alimento carece de registros de establecimiento y de producto y está falsamente rotulado.

El organismo señaló que el producto se halla en infracción por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado por exhibir en el rótulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal.