Hasta fines del presente año.
El gobierno argentino dispuso subsidiar a la industria petrolera por medio de la instauración de un “precio sostén” para las ventas internas de crudo y la eliminación de los derechos de exportación.
El presidente Alberto Fernández, por medio del decreto 488/20, dispuso que hasta el 31 de diciembre de 2020 las entregas de petróleo crudo tipo “Medanito” que se efectúen en el mercado local deberán ser compradas a un precio mínimo de 45 dólares por barril. Tal valor deberá ser “ajustado para cada tipo de crudo por calidad y por puerto de carga, utilizando la misma referencia, de conformidad con la práctica usual en el mercado local”.
El precio interno del “Medanito”, que es el crudo producido en la cuenca Neuquina, suele cotizar con un descuento de dos a cuatro dólares respecto de la referencia internacional del valor del crudo Brent, que actualmente se encuentra en torno a 35 dólares el barril. Eso implica que el “precio sostén” fijado por el gobierno argentino es un 35% a 45% superior al valor de exportación del petróleo argentino de mayor calidad.
Adicionalmente, el decreto 488/20 eliminó el derecho de exportación del 8,0% vigente sobre el petróleo crudo. Tal medida regirá mientras el precio internacional del Brent se encuentre por debajo de los 45 u$s/barril. En caso de ubicarse en un rango de 45 a 60 u$s/barril, se estableció un fórmula variable para aplicar las retenciones, las cuales sólo volverán a tener una alícuota fija del 8,0% si el valor de referencia supera los 60 u$s/barril.
Para poder recibir el beneficio las empresas petroleras deberán sostener “los contratos vigentes con las empresas de servicios regionales y mantener la planta de trabajadores y trabajadoras que tenían al 31 de diciembre de 2019”.
En los fundamentos del decreto 488/20 se indica que “la drástica caída del precio internacional del barril de petróleo produce un grave perjuicio a la actividad del sector hidrocarburífero nacional, lo que provoca una fuerte disminución de los niveles de producción de petróleo crudo y de sus derivados, al tiempo que aumenta el riesgo de que la producción nacional no alcance a cubrir las necesidades del mercado interno”.
Y añade que “esta situación coyuntural de emergencia obliga a tomar medidas conducentes para preservar los niveles de actividad y de producción de la industria hidrocarburífera en sus distintas etapas, con el propósito de mantener las pautas de inversión tendientes al logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, asegurar las fuentes de trabajo del sector y cumplir cabalmente los principios y fines de la soberanía hidrocarburífera de la República Argentina”.