Otra perlita del decreto de Larrarte: recategorizó a un empleado jubilado

En la imagen el intendente Lucas Larrarte entregando una plaqueta a los tres empleados jubilados que cesaron en sus servicios al municipio el pasado 30 de noviembre, entre ellos Eleuterio José Falcon.

El decreto 442/23 emitido por el presidente municipal Lucas Larrarte el pasado 29 de noviembre ha tenido una enorme repercusión, por las irregularidades escandalosas que tiene por sí mismo.

La perlita que se pudo encontrar en el mencionado decreto de re categorizaciones y planta permanente afecta directamente a un empleado municipal jubilado.

En el anexo I de recategorizaciones se ascendió de categoría a Eleuterio José Falcon, quien esta semana recibió una plaqueta de parte del intendente por su jubilación. Por lo tanto, esa recategorización no corre, en otro grosero error de parte del Ejecutivo Municipal.

El citado empelado jubilado recibió de parte de la Caja de Jubilaciones de la Provincia el beneficio de la jubilación el pasado 18 de setiembre de 2023, publicado en el Boletín oficial N 126/23 de la Municipalidad de San Salvador, mediante el decreto 366/23 del 27 de septiembre de 2023.

En síntesis, el empleado Falcon en lugar de ser beneficiado fue perjudicado, por no habérsele concedido la recategorización, al menos el año anterior, para recibir una mejor remuneración en su merecido descanso después de brindar su servicio al municipio.

 

EL DECRETO DONDE EL INTENDENTE INFORMO DE LA JUBILACION

Por ello, EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR D E C R E T A:

ARTICULO 1º: Fíjese el cese en el servicio, por haberse acogido al beneficio de la Jubilación Ordinaria Común, del agente municipal Falcón Eleuterio José, DNI Nº 12.456.807, para el día 30 de noviembre de 2023; de acuerdo a la Resolución Nº 005778 de fecha 18 de septiembre de 2023 de la Presidencia de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos.

ARTÍCULO 2°: Notifíquese a Falcón Eleuterio José, DNI Nº 12.456.807, del otorgamiento del beneficio previsional y de la fecha de cese dispuesto en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3º: El presente decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno.

ARTÍCULO 4°: Regístrese, comuníquese al Departamento de Recursos Humanos, publíquese, y oportunamente archívese.