Liberan la venta de comercios minoristas a través de plataformas electrónicas

También estará permitida la atención médica y odontológica programada. La medida rige en Entre Ríos y en otros del país.

Como lo anticipó LA SEMANA el Gobierno nacional decidió exceptuar del aislamiento por el coronavirus y de la prohibición de circular una serie de actividades, tales como la atención médica y odontológica programada, y la venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, en varios distritos del país, según una decisión administrativa de la Jefatura de Gabinete conocida en la tarde de este sábado. La medida incluye a la provincia de Entre Ríos.

Con esta medida que incluye a la provincia de Entre Ríos, se intentarán reactivar algunas de las actividades severamente castigadas como consecuencia de la cuarentena por el coronavirus.

Otras de las actividades que podrán comenzar a desarrollarse a partir del lunes son las que realizan los laboratorios de análisis clínicos y los centros de diagnóstico por imagen, con turnos previos, así como las ópticas.

El siguiente es el detalle de las actividades y servicios que se exceptúan del aislamiento, según la decisión administrativa número 524, que firma el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, conocida este sábado:

– Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.

– Oficinas de rentas de las provincias, de la ciudad autónoma de Buenos Aires y de los Municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.

– Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.

– Venta de mercadería ya elaborada de comercios minoristas, a través de plataformas de comercio electrónico, venta telefónica y otros mecanismos que no requieran contacto personal con clientes y únicamente mediante la modalidad de entrega a domicilio con los debidos resguardos sanitarios, protocolos y planificación de la logística. En ningún caso los comercios mencionados podrán abrir sus puertas al público.

– Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.

– Laboratorios de análisis clínicos y centros de diagnóstico por imagen, con sistema de turno previo.

– Ópticas, con sistema de turno previo.

– Peritos y liquidadores de siniestros de las compañías aseguradoras que permitan realizar la liquidación y pago de los siniestros denunciados a los beneficiarios y a las beneficiarias. En ningún caso se podrá realizar atención al público y todos los trámites deberán hacerse en forma virtual, incluyendo los pagos correspondientes.

– Establecimientos para la atención de personas víctimas de violencia de género.

– Producción para la exportación, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo

– Procesos industriales específicos, con autorización previa del Ministerio de Desarrollo Productivo.