El municipio dispuso la entrega de un aporte económico mensual no reintegrable a la Jefatura de Policía de Entre Ríos, equivalente a 100 (cien) litros de gasoil D. DIESEL 500 B2 precio surtidor YPF de una estación de servicio local. Este aporte se liquidará desde el corriente mes de febrero hasta el diciembre de 2024, inclusive.
El aporte se realiza teniendo en cuenta la colaboración que presta la Jefatura Departamental San Salvador de la Policía de Entre Ríos a la seguridad y orden en general en nuestra ciudad.
En los considerandos de la medida se destacan los siguientes:
Que, su accionar diario implica el recorrido con distintos móviles la planta urbana de San Salvador, comunicando cualquier irregularidad o circunstancia en la cual debe intervenir por su competencia esta Municipalidad.
Que, esta actitud preventiva permite la intervención municipal evitando posibles mayores perjuicios futuros a la comunidad.
Que, en compensación a esta desinteresada colaboración, se ha considerado procedente asistir a la Policía de Entre Ríos con un aporte para solventar parte del consumo de combustible que le demanda ese accionar.
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra facultado para otorgar aportes económicos no reintegrables con cargo al Fondo de Asistencia a la Comunidad dispuesto por la Ordenanza No 814/05 y sus modificatorias.
Que, por Ordenanza No 814/05 se instituyó el Fondo de Asistencia a la Comunidad con destino a la satisfacción de necesidades de diferentes sectores o instituciones cuyo servicio resulte necesario y de uso general para la población de la ciudad.
Que, el Departamento Ejecutivo Municipal se encuentra autorizado por el Artículo 4° de la Ordenanza No 1550/21 para hacer aportes con imputación a dicho fondo.