En base al DNU Nº334/21 y al Decreto Provincial Nº1112/21, firmados este viernes con el objetivo reducir la circulación y la aglomeración de personas, el Ejecutivo Municipal de San Salvador emitió los Decretos Nº218/21 y Nº219/21 en adhesión a las medidas que establecen las normativas.
De acuerdo a las consideraciones hechas en el Decreto Nº 1112/21 del Gobierno Provincial, el departamento San Salvador se encuentra clasificado como de “alto riesgo epidemiológico”;
Por lo tanto rigen en nuestra ciudad las disposiciones contempladas en la normativa que importan que para los días comprendidos entre el 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 y los días 5 y 6 de junio de 2021, la suspensión de la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales; así como la obligación de permanencia en los hogares por parte de las personas y la restricción de la circulación nocturna, todo ello según lo señalado en el artículo 3° del DNU 334/21. También resultan de aplicación las excepciones contenidas en la norma nacional.
Por otro lado se dio a conocer que el Ejecutivo Municipal, la semana próxima, enviaría al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza para eximir total o parcialmente el pago de la Tasa por Inspección Sanitaria, Higiene, Profilaxis y Seguridad a los comerciantes según el grado de afectación.
Por otra parte, el Decreto Municipal Nº218/21 (que adhiere al Provincial Nº1112/21) dispensa al personal dependiente de la Municipalidad de San Salvador – cualquiera sea su vinculación – de la asistencia a sus lugares de trabajo en el período comprendido entre el 22 de mayo de 2021 y el 30 de mayo de 2021 a excepción de quienes resulten esenciales para la continuidad de la administración y la prestación de servicios.
Decreto Nacional Nº334/21 https://bit.ly/3hHknBH
Decreto Municipal de adhesión Nº219/21 https://bit.ly/3yvzpk0
Decreto Provincial Nº1112/21
Decreto Municipal de adhesión Nº218/21