El SOEM (Sindicato de Empleados Municipales de San Salvador) presentó en la mañana de este jueves un pedido de rescisión de agente financiero municipal con el Banco de Entre Ríos que se realizó en mayo de 2008.
Es un convenio leonino y absolutamente desfavorable para los empleados, más allá que también es perjudicial para el municipio, indicó Martín Santana, representante del gremio de los municipales, en conferencia de prensa en la mañana de este jueves.
“Es un tema que ya lo habíamos conversado con el intendente Larrarte, quien también manifestó su preocupación”, agregó Santana.
La condición de este convenio no tiene calificativo. El empleado se ve muy perjudicado, agregó. En su momento “el municipio estableció una condición de descuento con exclusividad para el Banco donde le descuentan al empleado hasta un 40% del neto a cobrar. Esto incluye la asignación familiar”.
El municipio está en condiciones de rescindir el convenio como lo establece una cláusula del convenio, donde debe avisar con 90 días de anticipación, indicó. Luego se debe llamar a una nueva licitación.
En este caso la Municipalidad e incluso la provincia pagan un canon para ser clientes del banco; pagan para que el Banco gane. Esto está muy mal y es materia de análisis para el Ejecutivo, indicó Santana. Citó como ejemplo el caso de la UNER que llamó a licitación (como también lo tiene que hacer el municipio) y la ganó el Banco Nación quien le pagó a la UNER por ser clientes, les dio computadoras y beneficios a todos los empleados, dijo Santana.
Quienes más ganaron en los últimos años fueron los bancos y hoy tenemos compañeros que están endeudados, y que tal vez sacaron 10 o 20 mil pesos en un crédito para comer o comprar una bicicleta, y después vienen una serie de créditos de financiación que llevan a estar cautivos de estos depredadores. “Hay compañeros que se van con $ 500 del banco después de haber trabajado todo el mes”, lamentó el representante de los municipales.
LA NOTA DEL SOEMSS AL INTENDENTE
Nos dirigimos a Ud. a los efectos de solicitar la rescisión prevista en la cláusula octava del Convenio de Agente Financiero Municipal aprobado mediante Ordenanza N° 915/08 del 8 de mayo de 2008 por las razones y motivos que a continuación detallamos.
El referido convenio además de establecer la contratación por parte de la Municipalidad con carácter de exclusividad al Nuevo Banco de Entre Ríos SA como agente financiero, es decir la percepción y depósito de los ingresos municipales como así también los pagos que efectúa dicho ente, dispone una serie de cláusulas propias de un contrato leonino llamado así en relación a la fábula de Fredo.
Esto ocurre cuando unas de las partes obtiene ventajas desmedidas, el león en el caso de la fábula, donde no sólo la Municipalidad le abona un canon por los servicios prestados por el Banco otorgándole también una serie de beneficios exclusivos como la apertura y mantenimiento de las cuentas bancarias de los obreros y empleados; tomar a su cargo el pago de todos los impuestos, tasas y contribuciones que gravaban al momento de la firma del contrato y los que pudieran surgir en el futuro, a excepción del impuesto de sellos que se soportó por partes iguales.
En relación al pago del canon mensual abonado por la Municipalidad, es una forma perimida de contratación por cuanto son los bancos los que actualmente pagan a los entes públicos, justificado en el manejo de una masa dineraria importante como también tener una cantidad de clientes cautivos, en este caso los agentes municipales.
En tal sentido, es importe destacar que, según informaciones periodísticas, dejando de lado la metodología hasta el presente, el gobierno provincial está confeccionando los pliegos del llamado a licitación al nuevo agente financiero, pese que el Nuevo Banco de Entre Ríos SA ocupa esa función desde hace 15 años. De esta manera la provincia también se aparta de la modalidad de pagar por los servicios de la institución financiera y pretende pasar a cobrar, que es a nuestro entender lo que corresponde tal como ocurre en varias provincias y municipios del país.
Continuando con la denuncia de cláusulas leoninas este contrato vigente firmado por la Municipalidad perjudica enormemente a los empleados y obreros debido que se estipula que con exclusividad el ente municipal crea un “Código de Descuento” en favor del BERSA para percibir los importes correspondientes a cuotas de los préstamos otorgados por el Banco por hasta el 40% de los haberes netos de los empleados municipales. Por haberes netos se entiende la remuneración bruta menos el aporte jubilatorio, obras sociales, cuota afiliatoria a organizaciones sindicales, seguros de vida y otros que legalmente correspondan.
Esto es un verdadero dislate que no resiste ningún tipo de análisis racional. Supongamos un ejemplo teórico para entenderlo mejor, que alguien cobra en bruto $ 100 menos los descuentos de ley le quedarían $ 80.- con esta cláusula leonina el Banco se queda con $ 32.- percibiendo el empleado un sueldo neto o de bolsilla de $ 48.- algo totalmente fuera de lugar.
Lógicamente podría argumentarse que es el empleado el que se endeuda voluntariamente, pero aquí entramos en otro terreno y cabe preguntarse por qué se endeuda el obrero y empleado municipal. La repuesta es muy sencilla, para subsistir porque los sueldos son muy bajos y la mayoría está en la indigencia o bajo la línea de pobreza.
Según el INDEC una familia tipo está en la indigencia cuando sus ingresos no llegan a cubrir la canasta básica alimentaria que mide a 40 productos que comprenden los alimentos, artículos de limpieza e higiene personal, cuyo importe al mes de abril de 2020 asciende a la suma de $ 17.896,63.
En esta situación están los contratados que lamentablemente perciben ingresos mensuales inferiores al monto detallado.
A su vez, quienes no superen la canasta básica total que comprende a los productos de canasta básica alimentaria más los servicios del hogar, son considerados bajo la línea de pobreza. El importe para no ser pobre en el mes de abril 2020 fue de $ 42.593,98, situación que padece la mayoría de los empleados de planta permanente.
Ponemos el acento que estos montos no se proporcionan como podría afirmarse en el Salario Mínimo Vital y Móvil que actualmente es de $ 16.875.- para un trabajador de 8 horas, argumento que en reiteradas oportunidades hemos escuchado en declaraciones de autoridades municipales dado que los municipales trabajamos 6 horas diarias. Cualquier persona, que perciba ingresos menores a los mencionados, sin importar la carga horaria, será considerado indigente en el primer caso y bajo la línea de pobreza en el restante.
Por ese motivo hemos solicitado la apertura de la discusión paritaria y evitar, que los que estamos en estas situaciones de indigencia o pobreza tengamos como única opción caer en las garras de una institución financiera que lucra con exclusividad con una clientela cautiva de magros sueldos.
En conclusión, reiteramos que se hace necesario que aquí también en San Salvador se licite al Agente Financiero, otorgándole ese rol a la institución que ofrezca mejores condiciones de retribución al Municipio y en lo que respecta a sus trabajadores y no continuar con este anacrónico convenio que hoy perjudica a los compañeros, y paralelamente se reabra la discusión paritaria para erradicar las causas que llevan a situaciones como las descriptas.