El gobierno publicó el DNU que permite no usar barbijo en espacios públicos y habilita actividades hasta ahora restrictas, que tendrán protocolos especiales.
El gobierno nacional emitió este jueves a última hora un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para flexibilizar algunas restricciones derivadas de la pandemia de coronavirus y regular la realización de las actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario desde este viernes y hasta el 31 de diciembre próximo, dando inicio oficialmente a la nueva fase de habilitaciones anunciada hace una semana.
Según el DNU 678, «sigue vigente la necesidad de mantener distancia social (de al menos dos metros entre las personas) y el uso de tapabocas en espacios compartidos cerrados y abiertos, pero ya no será necesario cuando se circule al aire libre a más de dos metros de distancia de otras personas».
Asimismo, para reducir la circulación del coronavirus, continúa siendo necesario ventilar los ambientes en forma adecuada y constante e higienizarse las manos frecuentemente.
El DNU ordena que en «ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de ‘caso confirmado’, ‘caso sospechoso’ o ‘contacto estrecho’ de COVID-19».
La resolución establece además la realización de actividades de mayor riesgo epidemiológico y sanitario pero con «ciertas condiciones», como la «autorización de las jurisdicciones provinciales de destino y permanencia» y el «test de antígeno negativo», entre otras.
Además, los Gobiernos provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podrán establecer medidas sanitarias temporarias y focalizadas adicionales con la finalidad de contener los contagios por coronavirus.
Las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, turísticas, religiosas, culturales, deportivas, recreativas y sociales deberán realizarse cumpliendo un protocolo de funcionamiento aprobado por la autoridad sanitaria nacional, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por la autoridad sanitaria para preservar la salud de los trabajadores y las trabajadoras.
También se establece la presencialidad en el trabajo para los agentes de toda la administración pública nacional.
Aún así, podrán no asistir al lugar de tareas, con carácter excepcional, los trabajadores y las trabajadoras con inmunodeficiencias (congénita, asplenia funcional o anatómica, incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave, VIH (dependiendo del status) y personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis; pacientes oncológicos y trasplantados: con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento y trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos.
A su vez, partir del 1° de noviembre se restablece el ingreso al territorio nacional de extranjeros no residentes, siempre que cumplan con los requisitos migratorios y sanitarios vigentes o que se establezcan en el futuro.
Las nuevas medidas habían sido adelantadas por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, y la ministra de Salud, Carla Vizzotti, en una conferencia de prensa donde anunciaron que finalizaba una serie de restricciones por la mejora de la situación sanitaria y el avance del plan de vacunación en el país.