Entró en vigencia el decreto sobre fumigaciones cerca de escuelas rurales

El gobernador Gustavo Bordet firmó un decreto para regular las fumigaciones con agrotóxicos a una distancia inferior al límite puesto por la Justicia. Este decreto que ya era conocido por su divulgación informal, ahora fue publicado en el Boletín Oficial y por ende entró en vigencia.

La norma fija en 100 y 500 metros las distancias entre los límites de las escuelas y los cultivos, según se trate de pulverizaciones terrestres o aéreas.

Finalmente, fue publicado en el Boletín Oficial el Decreto 4.407 a través del cual la administración del gobernador Gustavo Bordet busca cubrir los “vacíos legales” existentes en materia de aplicaciones de ‘fitosanitarios’.

La norma, en su Artículo 1°, ratifica la prohibición de las aplicaciones terrestres de ‘fitosanitarios’ en “lugares donde existan escuelas rurales o lindantes a lotes de uso productivo”, debiendo respetarse “una distancia de 100 metros entre los límites o cercos de la escuela y el cultivo lindero”. Para el caso de las aplicaciones aéreas, la norma fija en su Artículo 2° una distancia de 500 metros.

Una y otra distancia, claramente, están muy lejos de los 1.000 y 3.000 metros de los que hablan los fallos judiciales del juez Oscar Benedetto, primero, y del Superior Tribunal de Justicia (STJ), después.

El Artículo 3° del decreto, en tanto, ordena a los aplicadores de ‘fitosanitarios’ extremar las medidas de seguridad a fin de evitar ocasionar daños por deriva o deficiente aplicación. “El desarrollo de estas prácticas deberá contemplar condiciones ambientales adecuadas en los términos en que ellas se establecen en las Buenas Prácticas Agrícolas a las que adhiere la Secretaría de Gobierno de Agroindustria del Ministerio de Trabajo y Producción de la Nación”, establece el documento.