Entre Ríos decretó la emergencia agropecuaria por la sequía

La provincia publicó el decreto que establece esta medida y otorga beneficios fiscales al sector productivo

La sequía y las altas temperaturas dañaron a las principales actividades agropecuarias de Entre Ríos. Ante esta situación, el sector productivo reclamó por medidas para paliar el estado crítico. Finalmente, este miércoles, se conoció que Entre Ríos publicó el decreto que fija la emergencia agropecuaria.

El gobierno entrerriano dispuso la emergencia agropecuaria que va desde el 1 de diciembre hasta el 30 de junio de 2023. La medida alcanza a las producciones agrícolas de maíz, citrícolas, hortícolas, y apícolas.

También, alcanza a las explotaciones ganaderas bovinas, caprinas, ovinas, equinas y tamberas, que se extiende hasta el 30 de noviembre de 2023. “Alcanza a todos los departamentos de la provincia”, estableció el gobierno.

“Se trata de una medida que otorga alivio y previsibilidad al sector productivo ante las inclemencias de la sequía extendida y las altas temperaturas que afectan a la región y complican severamente el desarrollo de los cultivos y las distintas actividades”, expresó el gobernador Gustavo Bordet.

Para la emergencia, se instruyó el diferimiento de los vencimientos del cuarto anticipo del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural 2022, los anticipos 1 y 2 del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural 2023. También alcanza a las obligaciones derivadas del Plan Especial de Facilidades de Pago dispuesto por artículo 10° del Decreto N° 46/2022 MP, al 15 de enero de 2024.

El Plan Especial Opcional de Facilidades de Pago contempla tres cuotas mensuales, consecutivas y sin interés de financiación. “El primer vencimiento será el 15 marzo del 2024”, detalló el decreto.

En el caso de desastre, el artículo 10 establece la eximición del pago del anticipo 4 del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural 2022 y de los anticipos 1 y 2 del Impuesto Inmobiliario Rural y Subrural 2023 a aquellos contribuyentes que se encuentren en situación de Desastre Agropecuario. “El porcentaje de la exención aquí dispuesta será equivalente al porcentaje de pérdida declarado en el certificado de emergencia que en cada caso se otorgue a los productores afectados”, aclaró.

Para obtener estos beneficios, los productores agropecuarios deberán presentar una declaración jurada digital, quedando sujeta a la verificación individual previa o posterior. “En el caso de los Productores de la Agricultura Familiar, el formulario podrá presentarse indistintamente en forma digital o en soporte papel, con certificación de una entidad público/privada representativa o vinculada al sector afectado”, establece el decreto.