En San Salvador se restringe la circulación entre la 1 y las 6

Las nuevas medidas dispuestas por el gobierno de la provincia, a raíz del aumento de los casos de coronavirus, restringen la circulación de personas entre la 1 y las 6 de la mañana. La medida rige desde la 0 del día 9 de enero y hasta el día 24 de enero del corriente año inclusive.  San Salvador se adhirió a la misma.

 

INFORME DE LA MESA DE EMERGENCIA

Desde la Mesa de Emergencia Sanitaria de San Salvador, se informa a la población que:

En el día de la fecha el Gobierno Nacional emitió el Decreto Nº 4/21 por medio del cual dispuso que atendiendo a la dinámica de la transmisión de los nuevos contagios de Covid-19 las autoridades provinciales, con el objetivo de evitar situaciones que puedan favorecer su propagación, deberán priorizar la limitación de la circulación en el horario nocturno, dado que, a partir de la experiencia nacional e internacional, se ha podido establecer que las actividades que conllevan alto riesgo de transmisión son las que implican contacto estrecho prolongado en espacios cerrados con escasa ventilación o abiertos que involucran la concentración de personas, dificultan el uso de tapabocas/ nariz y el mantenimiento de la distancia física.

En razón de dicha norma el Gobierno de Entre Ríos emitió el Decreto Nº 5/21 de aplicación obligatoria en todo el territorio provincial disponiendo la restricción de la circulación y de la actividad comercial en el horario comprendido en la franja horaria comprendida entre la 1,00 hs. y las 6,00 hs. con una tolerancia de 30 minutos. Dicha norma tendrá vigencia a partir de la hora 0 del día 9 de enero y hasta el día 24 de enero del corriente año inclusive.

Solamente están exceptuadas las actividades esenciales y ciudadanos afectados a su efectivo cumplimiento conforme lo previsto en el artículo 11 del DNU N° 1033/20.