Ante la decisión del Presidente de la Nación de extender el período de aislamiento social obligatorio, el Municipio de San Salvador emitió el Decreto Nº 135/20 adoptando diversas medidas relacionadas a su funcionamiento, la postergación de vencimientos, obligaciones de los comercios y bancos y otros controles.
FUNCIONAMIENTO DEL MUNICIPIO
El funcionamiento del Municipio continuará siendo reducido y de acuerdo a las necesidades de cada servicio.
El horario será de 8:00 a 12:00 y solo para las tramitaciones administrativas que no estuvieren suspendidas. En este sentido se informó que no habrá renovación ni otorgamiento de licencias de conducir, no habrá otorgamiento de Certificados de Habilitación de Uso del Suelo; ni de Habilitación de Comercial; ni Trámites referidos a la modificación y baja de actividades comerciales; ni Permisos de venta ambulante; ni Libretas Sanitarias; Certificado Habilitación Uso del Suelo; y Certificado de Habilitación de Comercial.
Respecto del personal cada Secretaría deberá determinar las áreas esenciales o críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad a efectos de asegurar su cobertura permanente; y asimismo deberán adoptar y garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para la protección de la salud psicofísica de los trabajadores.
MEDIDAS PARA LOS COMERCIOS
El Municipio ha dispuesto que desde el día 1° abril y hasta el día 12 de abril de 2020 inclusive, para todas actividades comprendidas en las excepciones dispuestas por el Decreto DNU N° 297/20 del Poder Ejecutivo Nacional y demás normas modificatorias y complementarias; la obligatoriedad de adoptar y garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud.
Especialmente deberán atender a las siguientes:
Bancos: Cada cajero debe contar con personal que controle el ingreso y realice la limpieza al menos en los horarios de mayor tránsito de 7 a 21 hs. El banco deberá garantizar al personal de limpieza las medidas sanitarias para evitar contagios. En el interior deberá garantizar la existencia de soluciones desinfectantes para una adecuada higiene de manos de quienes ingresan a hacer uso del cajero o quienes finalizaron su utilización. En el exterior personal del Banco deberá controlar que la gente mantenga la distancia de seguridad de al menos un metro y medio (1,50mts.) entre personas establecida a fin de evitar posibles contagios.
Comercios: Cada local debe controlar el ingreso y proporcionar a los clientes que ingresan al local soluciones desinfectantes para una adecuada higiene de manos. Deberán desinfectar las superficies de contacto permanentemente. En el exterior del local deberán controlar que la gente mantenga la distancia de seguridad de un metro y medio (1,50mts.) entre personas establecida a fin de evitar posibles contagios.
TASAS MUNICIPALES
El Municipio decretó prorrogar nuevamente el vencimiento de la Tasa por Inspección Sanitaria, profilaxis, Higiene y Seguridad del período febrero 2020 de acuerdo al siguiente cuadro:
CUIT FINALIZADO – FECHA DE PAGO
0-1 13 de abril de 2020
2-3 14 de abril de 2020
4-5 15 de abril de 2020
6-7 16 de Abril de 2020
8-9 17 de abril de 2020
A su vez, se prorrogó el vencimiento de la Tasa General Inmobiliaria del segundo bimestre para el día 27 de abril de 2020 y la Tasa de Servicios Sanitarios para el día 20 de mayo de 2020.
Mientras tanto desde el Ejecutivo local se adelantó que respecto de la Tasa están diagramando una exención del período marzo de 2020 de la Tasa por Inspección Sanitaria, profilaxis, Higiene y Seguridad para todos los contribuyentes que no tuvieron actividad.
CONTROLES DE LAS MEDIDAS
En otro orden de cosas el Municipio informó que ya ha procedido a pintar líneas demarcatorias para mejorar el distanciamiento en las colas de espera de bancos, farmacias y comercios de gran afluencia. Asimismo, se informó que desde mañana habrá controles respecto del cumplimiento de las medidas adoptadas y que se procederá a restringir el tránsito en distintas arterias de la ciudad, instalando puestos de control de circulación fijos y móviles.
JUZGADO DE FALTAS
Se ha dispuesto que el Juzgado de Faltas funciones sólo para juzgar los casos de presunta violación de la normativa de emergencia del Municipio.