Es un monto que se le debita al cliente ante eventuales robos en cajeros automáticos. Son procesos colectivos que tramitan en Paraná. La situación se repite también en San Salvador donde numerosos clientes del Nuevo Bersa han hecho pública la situación, pero no se conocen demandas contra la entidad financiera.
En Paraná y en Gualeguaychú se están llevando a cabo procesos colectivos en la Justicia contra entidades financieras extranjeras. La situación no es nueva y expresa la vulneración de los derechos de los consumidores.
Conocer los derechos que tienen los consumidores es la forma más consciente para evitar el abuso de las empresas y organizaciones financieras con las que se entabla una relación de consumo. Son numerosos los ejemplos de tales vulneraciones, pero basta con mencionar uno de los casos más resonantes: la demanda colectiva de un grupo de ahorristas de un plan de ahorro automotor por el supuesto cobro indebido en el valor de las cuotas. Pero además se están tramitando causas en la Justicia Civil y Comercial de Entre Ríos contra entidades financieras donde se reclama el cese y restitución sobre el cobro indebido de seguro por robo en cajero. “Son demandas colectivas basadas en el artículo 5 de la ley de Defensa del Consumidor, y en la violación del deber de seguridad, que pesa sobre los bancos”.
La que brinda su testimonio es la abogada Julieta Irigoytia, apoderada legal de la Asociación Protección de Consumidores del Mercado Común del Sur. Es titular de algunos de los reclamos de esta índole que se están ejecutando en Paraná y en Gualeguaychú, entre otros distritos. “Al poner en funcionamiento los cajeros, economizan personal y a su vez tienen un flujo de clientes importante. No digo que no le sirva al consumidor, pero es en beneficio de los bancos la colocación de los cajeros automáticos. Consideramos que si sucede algo, algún robo, donde están ubicados los cajeros automáticos, el banco tiene que tener un seguro y que no lo tiene que trasladar al cliente. Sino que lo debe asumir”, graficó en diálogo con UNO.
Las acciones legales en su gran mayoría son en contra de bancos extranjeros con sede en la ciudad de Paraná y en Gualeguaychú. Se pudo saber que el seguro que se cobra depende de la relación que el cliente tiene con el banco, pero en algunos casos se puede llegar a cobrar hasta 200 pesos. En este punto Irigoytia aclaró: “También depende de la cobertura. Pero remarcamos que por el deber de seguridad contemplado en el artículo 5 el banco no puede cobrar ese seguro, y lo que pueda suceder en cuanto a robos dentro de la entidad y en las terminales de autoservicio. Es algo que no se le debería trasladar al cliente”.
Es habitual que la gente advierta esta situación después de mucho tiempo, cuando toma conocimiento de un concepto que se está debitando que nunca contrató. “Se trata de imposiciones unilaterales”, sostuvo la letrada.