Declararon la «nulidad por inconstitucionalidad» el decreto sobre fumigaciones

La Cámara Civil y Comercial admitió parcialmente la demanda expuesta por el Foro Ecologista de Paraná y Agmer. Se trata del tercer amparo que presentan, esta vez, contra el decreto que establecía zonas de exclusión para las fumigaciones.

El Vocal de Cámara Civil y Comercial, Sala III de Paraná, Virgilio Galanti, resolvió hoy «admitir parcialmente la demanda deducida por el Foro Ecologista de Paraná y la Asociación Gremial del Magisterio de Entre Ríos contra el Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos», dieron a conocer fuentes tribunalicias.
Cabe recordar que se trata del tercer amparo presentado por el Foro Ecologista de Paraná y Agmer, esta vez para declarar inconstitucional el decreto 2239/19, y que en esta oportunidad, recayó en la Cámara Civil y Comercial.

Al respeto, según la resolución dado a conocer por la justicia provincial, Galanti «decretó la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad de los artículos 2º, 3º y 4º del Decreto 2239/19 GOB, y de las restantes normas que en el mismo y en su Anexo importen reglamentación y/o aplicación de los artículos cuya inconstitucionalidad aquí se dispone», indicaron.

El decreto consistía en implementar un sistema de controles para la aplicación de plaguicidas en la provincia de Entre Ríos en los inmuebles cercanos a escuelas rurales.
Al respecto, el fiscal de Estado, Julio Rodríguez Signes, había precisado que «el reglamento implica un sistema de control que no se limita a distancias, sino que implica un sistema que pone en marcha distintos mecanismos para impedir casos de contacto entre el producto que se aplica y la persona humana, sea un maestro, alumno, un trabajador rural, sea quien sea en el ámbito de las escuelas rurales».