El Presidente Municipal Dr. Marcelo Berthet, mantuvo una reunión en su despacho, con el Pte. del Concejo Deliberante, Dr. José Luis Bello. En el encuentro el intendente hizo entrega del Proyecto de Ordenanza del DEM, con el objetivo que obtenga autorización para donar al Superior Gobierno de la Provincia la propiedad inmueble donde se encuentran actualmente las instalaciones del corralón y talleres municipales, entre calles Don Feliciano y Av. de los Rusos de San Salvador
Fundamentos:
La Municipalidad de San Salvador ha venido avanzando en su determinación de trasladar las instalaciones del corralón y talleres municipales (sito en la Parcela 6, Manzana 8, Concesión 190, Planta Urbana) a un emplazamiento que considera apropiado más para ello.
El actual emplazamiento se encuentra en zona residencial y densamente poblada, lindero a la Escuela Nº 5 Centenario; en las inmediaciones se localiza la Escuela Nº 4 “Bicentenario de la Patria”, el predio de APADISS y el Parque Centenario; lugares a los que concurren diariamente escolares y vecinos.
Al cuadro descripto se suma un intenso movimiento vehicular en la zona: Avenida de Los Rusos, Avenida Sarmiento, calle Don Feliciano y calle Lisandro Casto son las arterias más utilizadas por los vecinos para acceder a los lugares e instituciones escolares mencionadas; además de ser utilizadas por el parque automotor municipal para acceder a este predio.
El traslado de estas instalaciones evitará la circulación de vehículos de transporte (camiones y acoplados de transporte de materiales áridos y recolectores de residuos), maquinaria vial (motoniveladoras, cargadoras frontales, retroexcavadoras, tractores, equipos de arrastre), vehículos menores, etc.; aportado ello a la seguridad de vecinos, alumnos, padres, personal de las instituciones educativas y al tránsito automotor en general.
El municipio ya dispone del proyecto completo de construcción de las nuevas instalaciones del taller municipal: planos, cómputos y presupuestos para la construcción de galpones tipo, entrepisos, oficinas, sanitarios; todos con sus respectivos detalles de fundación, estructura de techos, instalaciones eléctricas, sanitarias y gasíferas. Un espacio nuevo proyectado para satisfacer necesidades actuales y futuras. Estas nuevas instalaciones están proyectadas en el terreno municipal situado en intersección de Avenida Sarmiento y calle Jubileo.
El gobierno provincial está en conocimiento de este proyecto por cuanto hemos tomado la decisión, una vez trasladado el taller a sus nuevas instalaciones, de donárselo para que lo destine a la construcción de edificios educativos. Conjuntamente distintas reparticiones provinciales, por instrucción del Sr Gobernador, han elaborado el proyecto para el desarrollo de un polo educativo donde hoy funcionan los talleres municipales.
Esta iniciativa del Gobierno Municipal recorre el mismo camino de propiciar la educación y formación de nuestros jóvenes: becas residenciales y dinerarias, convenios con la Universidad Nacional de Entre Ríos, cursos y capacitaciones para distintos oficios, Punto Digital, apoyo a instituciones educativas de nuestra ciudad, etc.
La construcción del Polo Educativo permitirá concentrar el dictado de distintos curso de capacitación y de carreras terciarias y universitarias que hoy se desarrollan en locales especialmente alquilados para ello y en escuelas primarias y secundarias de nuestra ciudad.
Esta propiedad inmueble, amparada por la Partida Municipal 4252, Partida Provincial 150765, Plano de Origen Nº 16.321, tiene 8.567m2 (ocho mil quinientos sesenta y siete metros cuadrados) sujetos a mensura definitiva; según croquis que se adjunta.
Para avanzar en la iniciativa es necesario proceder a la donación del terreno ocupado actualmente por el taller municipal al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos.
De acuerdo al Artículo 95º inc. r), es facultad del Concejo Deliberante autorizar al Departamento Ejecutivo a efectuar adquisiciones de inmuebles y a aceptar o rechazar donaciones o legados de inmuebles con cargo, como así también la enajenación de bienes privados del Municipio o la constitución de gravámenes sobre ellos.
Para ello y bajo Artículo 107º, inciso k) de la Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos; el Poder Ejecutivo Municipal eleva al Concejo Deliberante el siguiente proyecto de:
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Facultar al Departamento Ejecutivo Municipal a ofrecer en donación al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos un inmueble de propiedad de la Municipalidad de San Salvador amparada por la Partida Municipal 4252, Partida Provincial 150765, Plano de Origen Nº 16.321, de 8.567m2 (ocho mil quinientos sesenta y siete metros cuadrados) sujetos a mensura definitiva, identificada como Parcela 6 de la Manzana 8 de la Concesión 190, Planta Urbana de San Salvador.
ARTICULO 2º: El ofrecimiento de la donación a favor del Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos se materializará una vez trasladadas las instalaciones de los talleres municipales al nuevo emplazamiento proyectado. Esta donación es bajo condición que dentro de los dos (2) años contados a partir de la fecha de ofrecida la misma se inicie la construcción de las edificaciones destinadas al desarrollo de un Polo Educativo. Transcurrido dicho plazo, el inmueble se restituirá al patrimonio de la Municipalidad de San Salvador.
ARTICULO 3º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar el personal técnico o profesional necesario para los trámites de mensura y escrituración, atender el gasto de dicha contratación y a suscribir la correspondiente escritura de donación del inmueble descrito en el Artículo 1º, con el cargo indicado en el Artículo 2º de la presente.