El reclamo de la Asociación Argentina de Abogados y Abogadas Ambientalistas a varias carteras de la Nación para que se frene la realización de un dragado más profundo en el canal del río Paraná en plena crisis hídrica por la bajante histórica, tuvo su fruto ya que se dispuso la prohibición de esa práctica, y se realizan investigaciones para penalizar a la concesionaria.
A raíz de la denuncia pública, la Subsecretaría de Puertos de la Nación emitió la orden N°218 que frena las tareas de “sobredragado” que desde mayo de este año viene realizando la empresa de origen belga Jan De Nul. La orden obliga a la empresa Hidrovía S.A. a “mantener los diseños de obra oportunamente aprobados en cuanto a las profundidades alcanzadas, los veriles y los anchos de solera”, detalló el abogado Lucas Micheloud al periodista Hagar Blau Makaroff, del diario El Litoral de Santa Fe.
En un contexto de la mayor bajante histórica del río desde 1944 y sin estudios de impacto ambiental, el sobredragado constituye para esta entidad civil “un verdadero crimen ambiental”, y por eso el pasado 11 de junio presentaron una solicitud de acceso a la información pública ambiental ante el Ministerio de Transporte de la Nación y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación.
“Entendemos que las tareas de sobredragado deben estar autorizadas por el Estado en el marco de la bajante histórica que está atravesando la Cuenca del Paraná, y que requiere de mínima estudios de impacto ambientales acumulativos y eventualmente una evaluación ambiental estratégica.
En estas condiciones venimos sosteniendo que es un crimen ambiental, por el grave impacto que de por sí ya tiene el dragado constante, y en este caso el sobredragado, afectando la fauna fluvial, los ecosistemas fluviales, el sistema de humedales, y la calidad del agua que puede perjudicar el acceso para el consumo humano”, apuntó el letrado ambientalista. Fuente: El Litoral de Santa Fe