El gobierno de Entre Ríos dio a conocer este miércoles a primera hora detalles del estado de situación de la obra en Ruta Provincial 38, que une San Salvador con Ubajay, en el tramo que va desde Ruta 14 hasta el ingreso a la capital nacional del arroz, horas después que LA SEMANA diera a conocer un pedido de informes del diputado provincial Eduardo Solari, en el que se apuntó a un “posible fraude”.
En resumidas cuentas, la novedad que aporta la información oficial es que, tras las gestiones realizadas por un “ingeniero conciliador”, que hizo lugar “al 100%” de los reclamos que había efectuado Vialidad Provincial a la empresa constructora, se dispuso “el inicio de la obra por parte de la contratista dentro de los 15 días de quedar firme el acto resolutorio”.
EL INFORME DE VIALIDAD PROVINCIAL
Conforme los Documentos Estándar de Licitación para Contratos con Financiamiento del Banco Mundial, en el marco de la Obra: “BASICA, PAVIMENTO Y ENSANCHE – OBRAS DE ARTE EN RUTA PROVINCIAL Nº 38 – TRAMO: RUTA NACIONAL Nº 18 – RUTA NACIONAL Nº 14 – PRESTAMO BIRF 7833 – AR” LICITACION PUBLICA INTERNACIONAL Nº 02/15, el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento designó al Ingeniero Conciliador en los Pliegos Licitatorios de la obra referida.
En tal sentido, en caso de suscitarse controversias en la ejecución de la obra, la entidad financiera dispuso el deber de recurrir, como instancia definitiva, a la figura del Conciliador para que emita las recomendaciones, cuyo carácter de cumplimiento resulta obligatorio para las partes.
En el mes de febrero, luego de las intimaciones realizadas por la Dirección Provincial de Vialidad a la contratista, se inició el procedimiento de conciliación para la resolución de controversias, lo que implicó un período de audiencias y de análisis de antecedentes y evaluación por parte del Ingeniero Conciliador, quien finalmente el día 12 de agosto de 2020 emitió el pronunciamiento de las recomendaciones, haciendo lugar a un 100% de las intimaciones formuladas por el organismo vial, disponiéndose el inicio de la obra por parte de la contratista dentro de los 15 días de quedar firme el acto resolutorio.
Asimismo se exigió la garantía de ejecución de la obra y su respectivo mantenimiento y conservación por parte de las empresas por el período total de un año, y se estableció en 60 días el plazo de ejecución de la obra.
Por último, y a efectos de realizar el control de legalidad de las disposiciones emitidas por el profesional técnico designado por el Banco Mundial, tomó debida intervención el Señor Fiscal de Estado, verificando las condiciones jurídicas necesarias para su efectivo cumplimiento.